El pasado 31 de enero de 2021 entró en vigor el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero (el “RD 1/2021”), por el que se modifican el Plan General de Contabilidad, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, aplicable a los ejercicios que comienzan a partir del 1 de enero de 2021.
El RD 1/2021 tiene como finalidad adaptar la normativa interna a los nuevos criterios contables en materia de instrumentos financieros y en relación con los ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes adoptados por la normativa europea en los últimos años.
Modificación del Plan General de Contabilidad (Artículo 1 del RD 1/2021)
El artículo primero del RD 1/2021 modifica el Plan General de Contabilidad con el fin de incluir los cambios necesarios para adaptar la norma de registro y valoración 9.ª «Instrumentos financieros» y la norma de registro y valoración 14.ª «Ingresos por ventas y prestación de servicios» a la NIIF-UE 9 y a la NIIF-UE 15, respectivamente.
Modificación del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (Artículo 2 del RD 1/2021)
El artículo segundo del RD 1/2021 introduce una mejora técnica relacionada con la regulación sobre el valor razonable, el criterio para contabilizar la aplicación del resultado en el socio, con el adecuado criterio de presentación de las emisiones de capital y la norma de elaboración de la memoria.
Modificación de las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas (Artículo 3 del RD 1/2021)
El artículo tercero del RD 1/2021, en línea con las modificaciones incluidas en las cuentas individuales, introduce cambios para revisar los modelos de cuentas anuales a raíz del cambio de denominación de la cartera de “Activos financieros disponibles para la venta” y con el objetivo de introducir los mismos requerimientos de información que se han establecido a nivel individual en relación con el tratamiento contable de los instrumentos financieros y el reconocimiento de ingresos por ventas de bienes y prestación de servicios.
Modificación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos (Artículo 4 del RD 1/2021)
El artículo 4 del RD 1/2021 adapta los modelos de cuentas anuales a los cambios introducidos en las normas de registro y valoración del Plan General de Contabilidad.